La violencia en las prisiones.

Desafortunadamente la marcada irresponsabilidad y la falta de honestidad de muchos de los funcionarios de la administración publica ha traído como consecuencia que el conglomerado social ya no crea en las Instituciones, permitome afirmar que entidades como la rama judicial, la Fiscalía General de la Nación y el instituto nacional penitenciario y carcelario INPEC, lideran ese escalafón, eso por la sencilla razón de que muchos damos por cierto el famoso adagio popular que reza: “la ley es para el de ruana”.

Con fundamento en lo expuesto, considero que siendo este aspecto uno de los tantos factores generadores de inconformidad y violencia, la ciudadanía debe asumir postura y generar el cambio desde el núcleo familiar.

Se hace necesario destacar que esa violencia no solo esta en la provincia colombiana ni en las urbes de gran magnitud, no, con el correr de los años se ha venido trasladando hacia las cárceles, en especial a la de Ternera, lugar en donde se han perdido valores como el respeto, la solidaridad y la tolerancia.
Para nadie es un secreto que esta forma de comportamiento de la que hablo también encuentra su génesis en los tratos degradantes y crueles que ejercen los guardias hacia los reclusos, circunstancia que sin lugar a equívocos lo único que acarrea es una latente incitación al conflicto interno.

En consecuencia con lo anterior es valido afirmar que los establecimientos penitenciarios se encuentran totalmente desnaturalizados, tanto que las finalidades de reinserción y readaptación del reo en la actualidad no reportan valides alguna.

Por otro lado con la entrada en vigencia de la Ley 906 de 2006 lo pretendido es atribuir más celeridad al proceso penal, confío plenamente en que así suceda, pues las estadísticas del INPEC del año 2005 hacia abajo evidenciaban que en nuestro país el 30% de las personas que se encontraban privadas de la libertad lo estaban en detención preventiva, soportando de este modo largos años para que se les resuelva su situación, esto es un aspecto que trastorna y genera mucho inconformismo.

Ahora bien, con lo dicho no pretendo poner en tela de juicio la facultad punitiva y de privación de la libertad que tiene el Estado, lo procurado es exponer que en ese afán de cumplir con los fines Constitucionales jamás se pueden desconocer derechos inalienables a la condición de persona y además que estos no desaparecen por el hecho de estar purgando una condena.

A modo de conclusión considero que los centros de reclusión no son otra cosa que lugares de rehabilitación y recuperación del individuo infractor de las normas penales, en ese sentido ellos no se pueden convertir en sedes de envilecimiento y destrucción de personas produciendo de este modo resentimiento y odio hacia la sociedad lo cual teniendo en cuenta la actualidad colombiana es lo que menos se necesita.

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